ACTA N° 03/22
En la ciudad de Mendoza, a los 15 días del mes de febrero de dos mil veintidós, siendo las 9.00hs. Se reúnen en el local de la Institución la Sra. Directora Prof. Nélida Graciela Mestre, Coordinadora Pedagógica Sra. Fernanda Cadile, Secretaria Prof. María Belén Pérez Lloret, padres y alumnos de 4° año para dar lectura del Acta de designación de Abanderado /a y Escoltas Ciclo Lectivo 2022.
Se procede de acuerdo a la Resolución N° 3972-DGE-21
Bandera Nacional
ALUMNO/A | PUNTAJE | MÉRITO |
LERGA,FACUNDO DANIEL | 9.636 | Abanderado Nacional |
DI PIETRO DÍAZ,MARTINA ANDREA | 9.426 | 1° Escolta Nacional |
CATALA CRUZ, MICAELA AGUSTINA | 9.345 | 2° Escolta Nacional |
Bandera Provincial
ALUMNO/A | PUNTAJE | MÉRITO |
PEÑA, MARÍA VICTORIA | 9.510 | Abanderada Provincial |
NEBOT, ANA ABRIL | 9.296 | 1°Escolta Provincial |
ABERASTAIN BARROS, JORGE AGUSTÍN | 9.274 | 2°Escolta Provincial |
Resolución N° 3972-DGE-21
Anexo IV
- De las obligaciones del Abanderado y Escoltas:Mantener una actitud responsable y comprometida con la Institución y la función que desempeña.Responder al requerimiento de la escuela cuando ésta así lo manifieste.
Anexo V
- De la Pérdida de los cargos de Abanderado/a y Escoltas Titulares como integrantes del Cuadro de Honor
El cargo de Abanderado/a y Escolta se perderá cuando el/la estudiante:
- En el rendimiento escolar no mantenga como mínimo siete (7) puntos como calificación final de cada espacio curricular.
- Realice conductas que impliquen falta/s según las normas de Convivencia Escolar Institucional con la pérdida de puntos en el Índice de Convivencia Escolar (Res.
558-DGE-19) en el ciclo lectivo en el cual es abanderado/a o escolta de la Bandera Nacional o Bandera de la Provincia de Mendoza.
- Solicite el pase a otro establecimiento.
ACTA N° 04/2
En la ciudad de Mendoza, a los 15 días del mes de febrero de dos mil veintidós, siendo las 9,00 hs. Se reúnen en el local de la Institución la Sra. Directora Prof. Nélida Graciela Mestre, Coordinadora Pedagógica Sra. Fernanda Cadile, Secretaria Prof. María Belén Pérez Lloret, padres y alumnos de 4° año para dar lectura del Acta de designación de Abanderado /a y Escoltas Ciclo Lectivo 2022.
Se deja constancia que la elección de Abanderado/a y Escoltas Papal y Mercedaria se ha otorgado teniendo en cuenta el orden de Mérito
Se procede de acuerdo a la Resolución N° 3972-DGE-21
Bandera Papal
Se resuelve designar a:
ALUMNO/A | PUNTAJE | MÉRITO |
ISOLA VILCHES, MARÍA CLARA | 9.214 | Abanderada Papal |
AGUIRRE, ANTONIO JOAQUÍN | 9.018 | 1° Escolta Papal |
CORIA, FRANCESCA ALBANA | 8.972 | 2° Escolta Papal |
Bandera Mercedaria
ALUMNO/A | PUNTAJE | MÉRITO |
HERRERA, BIANCA NATALÍ | 9.051 | Abanderada Mercedaria |
GUIÑAZÚ, AMPARO PILAR | 8.953 | 1° Escolta Mercedaria |
BULNES ZANATELLO, CAMILA ROCÍO | 8.909 | 2° Escolta Mercedaria |
De las obligaciones del Abanderado/a y Escoltas Papal y Mercedaria:
Tienen las mismas obligaciones que los Abanderados y Escoltas Nacional y Provincial participando de los actos forma 1 y los que sean convocados por el Arzobispado de la Provincia de Mendoza.
Se deberán destacar en el cumplimiento del Ideario y Adhesión a la Iglesia católica Apostólica Romana, servicio a los hermanos, así también a las normativas emanadas por la institución en el cumplimiento del uniforme, puntualidad en la entrada y buen trato con todos los docentes, pares y demás personal de la Institución.
Ante las reiteradas faltas leves, en estos cargos serán removidos automáticamente.
Tener conocimiento del Documento Educativo Mercedario y del Ideario del Colegio.
Conservar las normas de conducta moral y ético dentro y fuera de la Institución.
Fomentar la solidaridad, armonía y conciliación entre los actores sociales de la Comunidad Educativa.
Representar testimonio de vida a seguir.
En el caso que el/los alumnos designados al puesto de Abanderados y Escoltas Papal y Mercedaria, pueden renunciar mediante Resolución interna, coincidentes con sus propios valores éticos y morales.
Coherencia de vida con los ideales perseguidos y el compromiso activo y concreto en todas las actividades organizadas por la Institución.
Se perderá el derecho a portar la bandera Mercedaria y Papal, en caso de sanción disciplinaria, baja significativa en el promedio de los espacios curriculares, inconductas dentro y fuera del Colegio, o manifestación en contra de la Iglesia.